SANCIONAR administrativamente al señor Feliciano Florentino Carbajal García por incurrir en infracción tipificada en el literal g) del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, calificándose dicha conducta como LEVE, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; por lo que la sanción a imponer es equivalente a UNO (1) Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha de pago, multa que deberá pagar en el plazo de quince (15) días de notificada con la presente resolución, en el Banco de La Nación, a la Cuenta Corriente Nº 0000-877174, cuya denominación es: ANA-Multas; debiendo remitir el comprobante de pago efectuado a la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey Chicama.