Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 306310.91 m3/año, para uso Agrario, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CANAL HUALICUN"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 629177.75 m3/año, para uso Agrario, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA DEL CANAL LA VEGA"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1053703.01 m3/año, para uso Agrario, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA DEL CANAL SAN ISIDRO"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2417415.94 m3/año, para uso Agrario, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA DEL CANAL LAS TORRES"
Aprobar la delimitación del Bloque SAN FRANCISCO, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 62.400 (ha) y su centroide ubicado geograficamente en las coordenadas UTM 625413.00000mE y 9486647.00000mN, DATUM WGS84, zona 17, politicamente en el distrito de Montero, provincia de Ayabaca, departamento Piura.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 87985.39 m3/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIO Y SANEAMIENTO JASS -YERBA BUENA DEL CASERÍO YERBA BUENA DEL CENTRO POBLADO PORCON BAJO"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 63703.76 m3/año, para uso Agrario, a favor del "COMITÉ DE USUARIOS DEL CANAL DE RIEGO SAUCIPAMPA LUCUMAPAMPA "
Declarar improcedente el Expediente de registro CUT Nº 130143 - 2019, de la peticionaria señora BERTHA SANDOVAL TAMANI, moradora del Caserío Santa María, Distrito de Punchana, Provincia Maynas, Departamento Loreto.
Aprobar la delimitación del Bloque CHONTA, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 159.000 (ha) y su centroide ubicado geograficamente en las coordenadas UTM 632862.00000mE y 9486965.00000mN, DATUM WGS84, zona 17, politicamente en el distrito de Montero, provincia de Ayabaca , departamento Piura.
Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago de Chile, del Abg. Luis Eduardo Ramírez Patrón, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.