Sancionar, administrativamente a Julio Teobaldo Abarca Saavedra con DNI 15712489, por utilizar el agua proveniente del rio Pativilca, mediante una manguera de 2” y 1” de HDPE conectadas directamente al canal lateral L1 Venado Muerto, distrito de Cochas, provincia de Ocros y región Ancash, infringiendo el numeral 1) artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos «Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso», concordante con el literal a) del artículo 277° de su Reglamento, «Usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua», imponiéndose una multa ascendente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago, que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174, correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta autoridad administrativa copia del respectivo Boucher de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.