R.D. N° 105-2020-ANA-AAA X MANTARO
Resumen
En aplicación de los principios de presunción de inocencia y casualidad que rigen el procedimiento administrativo, debe disponerse el archivoy conclusión del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la Gerencia Sub Regional de Angares del Gobierno Regional de Huancavelica, por la presunta comisión de infracción tipificada en el numeral 10) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal e) del artículo 277° de su Reglamento ya que no se ha demostrado su responsabilidad en la comisión de la infracción imputada