SANCIONAR al señor José Manuel Orihuela Esteban, identificado con DNI N° 20555555, titular de la CONCESIÓN MINERA VERANIEL 2009", con una multa equivalente a CINCO PUNTO UNO (5.1) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por haber hecho uso del agua superficial sin contar con el derecho correspondiente, lo que constituye infracción en materia de Recursos Hídricos tipificada por el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso" (2.1 U.I.T.) y el numeral 5 "dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados" (3.0 U.I.T.), del artículo 120° de la Ley 29338 "Ley de Recursos Hídricos", concordado con el literal a) "Usar, represar o derivar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua" y el literal o) "dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica publica o cualquier bien asociado al agua natural o artificial" del Art. 277° de su reglamento, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.