IMPONER sanción a la Municipalidad Distrital de Checacupe, con una multa pecuniaria equivalente a UNO COMA CERO (1 ,0) UIT-Unidades Impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por infracción a lo establecido en el numeral 1) utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso, del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, concordante con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento; la misma que debe de ser
cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del Boucher de depósito a la Administración Local de Agua Sicuani, dentro del tercer día de efectuado el mismo.