Sancionar, administrativamente a la la Comunidad Campesina de Huacho, representada por su presidente el señor Víctor Verano Evangelista, por ocupar la faja marginal del río Huaura, siendo el caso que el área colindante al río, se utiliza como estacionamiento de Los baños Tingo, calificándose la infracción como leve e imponiéndose finalmente una multa ascendente a uno coma cinco (1,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); vigente al momento de su pago, por la infracción al numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; concordante con el literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174 a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.