R.D. N° 1902-2019-ANA-AAA II.CHCH
Resumen
SANCIONAR al señor Víctor Raúl Ojeda Flores, identificado con DNI N° 41731790, con una multa equivalente a 3.0 (TRES PUNTO CERO) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, Ocupar con una zaranda metálica, un montículo de área y una retroexcavadora, la ribera del río Quito Arma, verificados en el punto de las coordenadas UTM WGS-84: 461 ,510 mE- 8'498,251 mN y 461 ,510 mE- 8'498,251 mN, respectivamente; y Dañar la pendiente natural del cauce del río Quito Arma, producto de la actividad extractiva, que generó una zona empozada con un área de 17.20 m2 cuyo punto se registró en el punto de las coordenadas UTM WGS-84: 461 ,556 mE- 48'498,265, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 5 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales "f ' y "o" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.