IMPONER, al señor Tomas Larico Mamani, con DNI N° 02378637, con domicilio en la Av. Lampa Mz. C-3, Lote 01- Juliaca, una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a UNO COMA CINCO (1,05) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120°, numeral 6) de la Ley N° 29338, Ocupar el cauce del Rio Cabanillas, sin la autorización correspondiente, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal f) Ocupar sin autorización los cauces de las aguas. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo