SANCIONAR administrativamente al CONSORCIO VIAL PASCO, integrada por las empresas: Intersendas S.A.C., Gris Ingeniería & Construcción S.R.L. y Weihai Construction Group Company Limited, quienes responderán solidariamente por la sanción impuesta, por la ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; y PRECISAR que, el carácter de dicha conducta se califica como grave, por lo que, el cálculo de la sanción a imponer equivale a DOS COMA UNO (2,1) Unidades Impositiva Tributaria.