R.D. Nº 0027-2020-ANA/AAA.H.CH
Resumen
SANCIONAR administrativamente a KARHOL SORAY SANTOLALLA SOLÍS, por incurrir en la infracción contenida en el numeral 3° del Artículo 120° de la Ley Nº 29338 establece que constituye infracción el Construir o modificar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, concordante con el literal b) del Artº 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, conforme a los fundamentos xpuestos en la parte considerativa de la presente resolución; por lo que la sanción a imponer es equivalente a AMONESTACION ESCRITA, infraccíón considerada como LEVE.