SANCIONAR al señor Gino Bernardo Nardocci Navarrete, identificado con DNI N° 06372120 con una multa equivalente a DOS PUNTO CINCUENTA (2.50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa por construir tres (03) pozos tubulares: un primer pozo tipo tubular en el SEV 20 en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 477,264 mE- 8’382,672 mN, un segundo pozo tubular SEV 15 en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 477,593 mE- 8’382,430 mN; al interior del predio denominado San Martín con UC N° 090504 y un tercer pozo SEV 16 en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 477,679 mE- 8’382,536 mN, al interior del predio Don Isidro, sector Piedras Gordas, Distrito de Llipata, Provincia de Palpa, departamento/región Ica, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos tipificado en el numeral 3) "La ejecución (…) de obras hídricas sin autorización de la Autoridad Nacional" del artículo 120° de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) "Construir (…) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo permanentes (…) en las fuentes naturales de agua" del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.