R.D. N° 0373-2024-ANA-AAA.UV
Resumen
SANCIONAR, a la Municipalidad Distrital de Quiquijana, debidamente representado por su Alcalde el señor Sixto Conza Mozo, con una multa equivalente a DOS PUNTO CERO (2.0 UIT) Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir lo establecido en la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338, en el artículo 120º numeral 9, que señala, constituye infracción, “realizar vertimientos sin autorización” concordante con el artículo 277° literal d) del reglamento de la misma ley que señala constituye infracción en materia de Recursos Hídricos: “efectuar vertimientos de aguas residuales en los cuerpos naturales de gua o efectuar reusó de aguas, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”. Contados a partir de notificada la presente resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Cusco, dentro del tercer día de efectuado el mismo.