R.D. Nº 0039-2020-ANA/AAA.H.CH

Resumen

DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Acreditación la disponibilidad hídríca Superficial formulada por YUBER ADOLFO ESPINOZA CARRASCO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. En consecuencia, disponer el archivo del presente procedimiento. 

Fecha de Resolución

Lunes, 20 Enero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0072-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 786-2020.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Orgánica.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta Administradora de Servicios de Saneamienfo Orgánica contra la Resolución Directoral N° 2037-2019-ANA-AAA-CH.CH, por el incumplimiento de los requisitos para acceder a la Autorización de Ejecución de Obras de aprovechamiento hídrico.

MATERIA: Licencia de Uso Agua 

SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

MARCO NORMATIVO: numeral 16.2 del articulo 16° del "Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 22 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

026-2020

Sumilla

Se ha concluido que la impugnante se haya encontrado excluida de la obligación de presentar una certificación ambiental (pues está dentro del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA), sino que, correspondiéndole obtener previamente el titulo ambiental, procedió a iniciar las obras sin el cumplimiento de dicho requisito (en clara inobservancia de las normas del sector).

Marco normativo

numeral 16.2 del articulo 16° del "Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.D. Nº 0032-2020-ANA/AAA.H.CH

Resumen

Acreditar la disponibilidad hidrica subterránea del acuífero Nepeña para uso agrario a favor de JOSE LEONCIO CASHPA ARTEAGA con DNI N° 32876476, mediante la cual se acredita la existencia de un volumen de agua hasta un volumen de 1 818 mpara su proyecto Memoria descriptiva para la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Subterránea con pozo artesanal con pozo artesanal, sector Pocos, distrito de Moro, provincia del Santa, departamento de Ancash ". según el siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Lunes, 20 Enero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nº 0031-2020-ANA/AAA.H.CH

Resumen

MODIFICAR la Licencia de Uso Agua Superficial con fines agrarios otorgada a favor del señor LADISLAO VALENTIN COCHACHIN y esposa, mediante el numeral 15 del articulo 2º de la Resolución Administrativa Nº 043-2007-DR-AG- ANCASH/ATDRCH, de fecha 06.03.2007, respecto del predio de UC Nº 150122 (08217 antiguo) denominado "Jayhua Alta", precisando que contará con un área remanente de 0,604 ha, quedando vigente lo demás que la contiene, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y teniendo en cuenta el siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Lunes, 20 Enero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0065-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 227340-2019.

IMPUGNANTE: Fundo El Salvador S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Fundo El Salvador S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 1521-2019-ANA-AAA-CH.CH, por haberse desvirtuado los argumentos del recurso impugnatorio.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Formalizacion de Uso de Agua 

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 204-2017-ANA

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1096-2019

Sumilla

Se puede concluir que no existe la disponibilidad hídrica subterránea suficiente en la zona de Ocucaje para que la administrada pueda desarroliar la actividad agrícola planteada, asimismo, este Colegiado advierte que no constituye uno de los fundamentos para desestimar la solicitud de licencia de uso de agua, el hecho de que no se haya presentado el instrumento ambiental para el desarrollo de la actividad.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 204-2017-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.D. Nº 0030-2020-ANA/AAA.H.CH

Resumen

OTORGAR, licencia de uso de agua superficial con agrarios a favor de Flores Anhuaman Isidoro. Flores Anhuaman Pascuala y Flores Anhuaman Adrian, según el siguiente detalle

Fecha de Resolución

Lunes, 20 Enero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nº 0029-2020-ANA/AAA.H.CH

Resumen

SANCIONAR administrativamente a al señor LUCIO MARCELO ESPINOSA CASCIO, con una AMONESTACIÓN ESCRITA, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho y por la existencia de infraestructura hidráulica para aprovechamiento hídrico sin la autorización correspondiente, infringiendo el numeral 1 y 3 del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal "a" y "b" del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nº 0028-2020-ANA/AAA.H.CH

Resumen

DECLARAR la extinción de la Licencia de Uso de Agua subterránea otorgada mediante la Resolución Directoral Nº 569-2015-ANA-AAA.IV HCH, de fecha 17 de agosto del 2017, a favor de San Efisio S.A.C., por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. 

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nº 0027-2020-ANA/AAA.H.CH

Resumen

SANCIONAR administrativamente a KARHOL SORAY SANTOLALLA SOLÍS, por incurrir en la infracción contenida en el numeral 3° del Artículo 120° de la Ley Nº 29338 establece que constituye infracción el Construir o modificar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, concordante con el literal b) del Artº 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, conforme a los fundamentos xpuestos en la parte considerativa de la presente resolución; por lo que la sanción a imponer es equivalente a AMONESTACION ESCRITA, infraccíón considerada como LEVE.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0018-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 76984-2019.

IMPUGNANTES: Comisión de Usuarios de Pausihuaycco y el señor Raúl Delgado Rojas.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Ia Comisión de Usuarios de Pausihuaycco contra los artículos 1°, 2°, 3 y 4° contenidos en la Resolución Directoral N° 281-2019-ANA-AAA.PA, debido a que dicho acto se ha emitido conforme a ley.

Se declara fundado el recurso de apelación presentado por el señor Raúl Delgado Rojas contra el artículo 5° contenido en la Resolución Directoral N° 281-2019-ANA-AAA.PA; en consecuencia, se revoca la citada resolución en dicho extremo, y se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Pampas-Apurímac cumpla con lo dispuesto en el numeral 6.5.3. de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica y Autorización de Ejecución de Obras.

MARCO NORMATIVO: articulo 13" Reglamento de Procedimiento Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

572-2019

Sumilla

El impugante cumplió con los requisitos para la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hidrico al contar con la Certificación Ambiental, emitido por la autoridad competente; asimismo,  del recurso de reconsideración  presentado por el comite no se consideró su oposición, la cual se evalúo y se declaró infundada

Marco normativo

articulo 13" Reglamento de Procedimiento Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor