IMPONER sanción a la señora Gregoria Baca Olayunca, identificado con DNI N° 25308968, con AMONESTACIÓN ESCRITA, por “utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso, emitido por la Autoridad Nacional del Agua” y por la “Ejecución de obras de aprovechamiento hídrico sin la correspondiente autorización”, (En la fuente de agua manantial Wuaccanqui Pampa –Estanque antiguo, conocido por los pobladores como manantial El Estanque, ubicado en coordenadas datum WGS-84 UTM Zona 18 Sur: 798183-E y 8530457-N, altitud 3858 msnm; se evidencio un canal rustico desde esta toma de captación, el caudal de aforo instantáneo fue de 0.16 l/s, el punto
de captación del administrado está ubicado en las coordenadas datum WGS 84 Zona 18 Sur 798202E, 8530604N, 3762 msnm., la fuente de agua se encuentra en uso), infracción prevista en los numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.