SANCIONAR administrativamente a Bonifacio Pascual Carhuayano Maguiña por incurrir en la infracción tipificada en el numeral los numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordado con los literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley, calificada como leve, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, la sanción a imponer es equivalente a CERO COMA CINCO (0,5) UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA vigente a la fecha de pago; multa que deberá pagar en el plazo de quince (15) días de notificada con la presente resolución, en el Banco de La Nación, a la Cuenta Corriente Nº 0000-877174, cuya denominación es: ANA-Multas; debiendo remitir el comprobante de pago efectuado a la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey Chicama.