IMPONER, a la a la Municipalidad Provincial de Huancané, con RUC. Nº 20185896723, con domicilio en la Plaza de Armas s/n Huancané, representada por su Alcalde el señor Jorge Arturo Álvarez Mendoza, una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a cero punto cinco (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al artículo 279.1° del Decreto Supremo N° 01-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 6) de la Ley N° 29338, Ocupar el cauce de agua de la quebrada Laca Laca, sin la autorización correspondiente y; en el Decreto Supremo N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal f) Ocupar sin autorización los cauces de las aguas. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo