RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 026-ANA-AAA.PA-ALA.BAP
Resumen
ARTÍCULO 1º.- RECONOCER al consejo directivo del Comité de Usuarios de Agua Geraro Ccocha, ubicado en el distrito de Aucará, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, para lo que queda del periodo comprendido del año 2020; integrado por los siguientes usuarios conforme a su estatuto:
Autorizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, a la Municipalidad Distrital de Otoca, para el desarrollo del proyecto "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la localidad de Chavincha, Distrito de Otoca, Provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, por un periodo de dos (02) meses.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial anual hasta 1050624.000 (m3/año) para el desarrollo del proyecto: "Mejoramiento de Suministro de agua con fines agrarios para riego por gravedad en el anexo de Cochapata del distrito de Otoca, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, por un periodo de (02) años.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial anual hasta 13693.560 (m3/año) para el desarrollo del proyecto: "Creación de los Servicios UBS en las localidades de San Luis de Tacrayso, San José de Chalcas, Virgen de Cocharcas de Tayacucho, del Distrito de San Pedro de Palco - provincia de Lucanas - departamento de Ayacucho" por un periodo de (02) años.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial anual hasta 32254.850 (m3/año) para el desarrollo del proyecto: "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable e Instalación de Saneamiento Básico de los anexos de Lamari, San Pedro de Mollehuaycco y Quercocancha, distrito de Santiago de Quirahuara - provincia de Huaytará - departamento de Huancavelica" por un periodo de (02) años.
DESESTIMAR la solicitud presentada por la empresa Exportadora Frutlcola del Sur SA con RUC Nº 20104902864 debidamente representada por su apoderada Claudia Cecilia Diaz Rodriguez , Identificada con DNI N" 40875051, sobre Acreditacion de Disponibilidad Hidrlca Subterranea de pozo tubular con fines agricolas cuyas aguas proyectaban irrigar 35.00 ha del predio denominado "Lote 1", ubicado en el distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte consIderativa de la presente resolucion.
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideraci6n interpuesto por la Empresa OZINCA PERU SA C., con RUC Nº 20602481108, contra la Resolucion Directoral Nº 171-2020-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 24.02.2020. Por lo tanto, REVOCAR, la recurrida en todos sus extremos, de acuerdo a 10 seiialado en la parte considerativa de la presente resolucion
DECLARAR NULO el Informe Técnico N° 005-2020-ANA-AAA.CH.CH-ALA.S.J/DACR y la Notificación N° 024-2020-ANA-AAA.CHCH-ALA. S.J, de fecha 19.02.2020 SOLO respecto al emplazamiento efectuado al señor Aldo Gino Zunino Salvatierra; RETROTRAER el procedimiento hasta el momento de la emisión de un nuevo informe final de instrucción o de corresponder la emisión de un nuevo informe técnico de inicio que integre al señor Aldo Gino Zunino Salvatierra como responsable de la infracción materia del presente procedimiento, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Permaneciendo incólume la Notificación N° 024-2020-ANA-AAA.CHCH-ALA. S.J, de fecha 19.02.2020 que emplazó con el Informe de Imputación de Cargos a las administradas Luciana Dina Zunino Salvatierra, Magdalena Claudia Zunino Salvatierra y Carmen Elena Zunino Salvatierra.