Sancionar a Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Janelita - I, con una multa equivalente a Tres (3,0) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción Grave, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del Artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistente en "Efectuar un (01) vertimiento de aguas residuales hacia la quebrada Collpa, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, con un caudal aproximado de 4 l/s en las coordenadas UTM (WGS 84): 8 686 931 E y 440 313 N, ubicado en el distrito de Paccha, provincia de Jauja, departamento Junín.