RD N° 0177-2020-ANA-AAA.MDD

Resumen

ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra señor LUCIO ESTEBAN SULLO HUMPIRI, identificado con DNI Nº 02172348, por las razones expuestas en el considerando quinto de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0310-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 202833-2019.

SOLICITANTE: Sabina Vargas Pariona y Otros.

ÓRGANO: ALA Ayacucho.

SUMILLA: Se resuelve devolver el expediente administrativo a la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro para que actué acorde con sus atribuciones, en el marco de lo señalado en el articulo 72° de la Ley de Recursos Hidricos y el numeral 102.4 del articulo 102° de su Reglamento. 

MATERIA: Extincion de Derecho de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Revocacion 

MARCO NORMATIVO: artículo 116° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Devolver

 

 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

058-2020

Sumilla

Este Colegiado considera que corresponde devolver el expediente administrativo a la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro para que evalué la solicitud presentada por las señoras Sabina Vargas Pariona, María Maule Ccasaní y Julia Quispe López.

Marco normativo

artículo 116° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0241-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 246536-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Cajay.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Cajay contra la Resolución Directoral N° 1282-2019-ANA-AAA.M, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 9 del artículo 120° de la Ley Recursos Hídricos y en el literal d) del articulo 277° de su Reglamento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

MARCO NORMATIVO: articulo 255° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General   numeral 137.1 del articulo 137° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

083-2020

Sumilla

Este Colegiado determina de la revisión del expediente administrativo, que la apelante tomó conocimiento oportuno tanto de la formulación de la notificación de los cargos, del informe final de instrucción, asi como de la resolución de imposición de la sanción, por esta razón, la Municipalidad Distrital de Cajay no puede alegar que se ha vulnerado el principio del debido procedimiento ni el principio de legalidad, debido que, pese a no existir desconocimiento de los actuados procedimentales, no ejerció su derecho a refutar los cargos imputados.

Marco normativo

articulo 255° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General   numeral 137.1 del articulo 137° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD N° 0176-2020-ANA-AAA.MDD

Resumen

AUTORIZAR la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico superficial con fines energéticos, para el proyecto denominado “Central Hidroeléctrica Limacpunco”, conforme a las características señaladas en la memoria descriptiva a favor de ELECTRO ARAZA S.A.C. con RUC N° 20547515324.

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD N° 0175-2020-ANA-AAA.MDD

Resumen

DECLARAR el ABANDONO del procedimiento administrativo iniciado por el COMITÉ DE AGUA DE LA URBANIZACIÓN POPULAR DE INTERÉS SOCIAL "CONTINENTAL", sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Subterránea en vía de regularización con fines doméstico - poblacional.

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0229-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 246365-2019.

IMPUGNANTE: Agroindustrias San Jacinto S.A.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por Agroindustrlas San Jacinto S.A.A. contra la Resolución Directoral N° 1166-2019-ANA-AAA.H.CH, en el extremo de la aplicación del criterio de reincidencia, reformulando la sanción impuesta a una multa equivalente a 0.50 UIT.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 3 del articulo 248° del Texto Unico Ordenado de la Ley de  Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundado en Parte 

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1212-2019

Sumilla

Se determina que en el caso concreto no correspondia que la Autoridad  Administrativa del Agua haya considerado el criterio de reincidencia, en el momento de calificar la infracci6n y determinar la sancion administrativa de multa que debia imponerse a Agroindustrias San Jacinto S.A.A, y en consecuencia, reducir la multa impuesta a la impugnante, esto es de 1 UIT a 0.50 UIT.

Marco normativo

numeral 3 del articulo 248° del Texto Unico Ordenado de la Ley de  Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD N° 0167-2020-ANA-AAA.MDD

Resumen

SANCIONAR al señor FELIX NAVARRETE AGUILAR, identificado con DNI N° 04801881, con una AMONESTACIÓN ESCRITA por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 22 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0304-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 14363-2020.

IMPUGNANTE: Comisión de Usuarios de Llauta.

ÓRGANO: ALA Grande.

SUMILLA: Se declara Infundado el recurso de apelación interpuesto por la Comisión de Usuarios de Llauta contra la Resolución Administrativa N° 333-2019-ANA-AAA-CH.CH-ALA-GRANDE, debido a que dicho acto administrativo ha sido emitido conforme a ley.

MATERIA: Licencia de Uso de agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 21-2017-ANA

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Martes, 02 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

095-2020

Sumilla

Se advierte que la solicitud presentada por la Municipalidad cumplió con los requisitos para la acreditación de disponibilidad hídrica para el proyecto denominado "Mejoramiento y Ampliación del sistema de agua potable e instalación del sistema de Alcantarillado y Tratamiento de aguas residuales debido a que se realizó un análisis técnico respecto a la acreditación de disponibilidad hídrica en los manantiales, la cual no afectaba derechos de terceros.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 21-2017-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0223-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 229713-2019.

SOLICITANTES: José Saca Saca y otros.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 707-2017-ANA/AAA XII. UV, solicitada por los señores José Saca Saca, Nayruth Romainville y Henrry Milton Vidal Núñez y por el Frente de Defensa de los Intereses del Distrito de Santa Teresa La Convención - Cusco, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUB MATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1170-2019

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD N° 0166-2020-ANA-AAA.MDD

Resumen

SANCIONAR al señor APOLINARIO FERNANDEZ BARRIENTOS, identificado con DNI Nº 04826158, con una AMONESTACIÓN ESCRITA, por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, cuyo detalle de infracción , sanción y fuente natural de agua.

Fecha de Resolución

Miércoles, 22 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua