AMONESTAR mediante la presente resolución a la empresa Fundo La Bodega S.A.C. con RUC Nº 20600638131, al haber encontrado responsabilidad administrativa en la perforación del pozo tipo tajo abierto ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 621,809 mE - 8'259,012 mN, con una profundidad de 21.00 m., es decir 1.00 m. más de lo autorizado mediante Resolución Directoral Nº 2798-2017-ANA-AAA-CH.CH., lo que constituye infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 3 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, que señala como infracción "La ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional", concordante con el literal "b" del artículo 277º, que dispone que es infracción "Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública" del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.