Sancionar a la Empresa Electricidad del Perú - Electroperú S.A. con una multa equivalente a Veinte (20) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción Muy Grave, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del Articulo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistente en “Efectuar un (01) vertimiento de aguas residuales hacia el río Mantaro, margen izquierda, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, ubicado entre las coordenadas UTM (WGS 84): 8 701 634 E y 389 591 N, en el distrito de Colcabamba, provincia de Tayacaja, departamento Junín.