RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°156-2020-ANA-AAA-UCAYALI

Resumen

ESTABLECER RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA A LA EMPRESA OLEAGINOSAS PADRE ABAD S.A., POR CONTRAVENIR LA DISPOSICIÓN CONTENIDA EN LA LEGISLACIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS, TIPIFICADA EN EL NUMERAL 9 DEL ARTÍCULO 120° DE LA LEY Nº 29338 - LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, CONCORDANTE EN EL INCISO D) DEL ARTÍCULO 277° DEL DECRETO SUPREMO Nº 001-2010-AG- REGLAMENTO DE LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, CALIFICADA COMO GRAVE.

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0151-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 149936-2018.

SOLICITANTE: AAA Huarmey-Chicama. 

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 582-2018-ANA-AAA-H.CH por estar inmersa en la causal de nulidad del acto administrativo establecidas en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone reponer el procedimiento administrativo, conforme a lo señalado en el numeral 6.13 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extención y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 213.1 del artículo 213  del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio.

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Febrero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

709-2018

Sumilla

La extinción y otorgamiento parcial de una licencia primigenia por transferencia parcial del predio beneficiado, conlleva a que se efectue el desagregado del volumen de agua entre el área transferida y el área que se mantiene bajo la titularidad del beneficiario de la licencia primigenia; ello no implica la variación de alguna de las condiciones establecidas en el acto primigenio.

Marco normativo

numeral 213.1 del artículo 213  del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°155-2020-ANA-AAA-UCAYALI

Resumen

ESTABLECER RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA A ALFREDO RETUERTO NIÑO IDENTIFICADO CON D.N.I. Nº 15613033, POR CONTRAVENIR LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEGISLACIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS, TIPIFICADAS EN LOS NUMERALES 1) Y 3) DEL ARTÍCULO 120º DE LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, ON ORDANTE CON LOS LITERALES A) Y B) DEL ARTÍCULO 277º DE SU REGLAMENTO, CALIFICADA COMO LEVE EN MERITO A OS CONSIDERANDOS DESCRITOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA.

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0299-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 3392-2020.

IMPUGNANTE: Isaías Germán Retuerto Carranza.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Isaías Germán Retuerto Carranza contra la Resolución Directoral N° 1482-2019-ANA-AAA-M, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

074-2020

Sumilla

Se advierte que la Administración Local de Agua puso en conocimiento al impugnante las conclusiones de la etapa de instrucción determinando la existencia de una infraccion, y por ende, la imposicion de una sancion, por tanto, queda evidencia que el impugnante no ha estado en un estado de indefension.

Marco normativo

Numeral 8 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0279-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 21959-2020.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Río Grande.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la  Municipalidad Distrital de Río Grande contra la Resolución Directoral N° 022-2020-ANA-AAA-CH.CH; y en consecuencia,  nula la referida resolución por haberse vulnerado el principio del debido procedimiento y la debida motivación. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento conforme lo dispuesto en el numeral 6.6 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de aguas/Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 1 y 2 del  articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 26 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

100-2020

Sumilla

Este Tribunal advierte que no existe congruencia logica entre los hechos materia de imputacion realizados por la Administracion Local de Agua, debio a que mediante la notificacion. Se inicio un procedimiento sancionador contra la Municipalidad por descargar residuos solidos  domesticos y hospitalarios, sin embargo en la Resolucion la Municipalidad fue sancionado por arrojar solidos provenientes de la recoleccion de materiales solidos de desperdicios  y ocupar el referido cauce con dichos residuos, dejando en evidencia que en la imputacion de cargos no se precisa ninguna conducta imputada.

Marco normativo

numeral 1 y 2 del  articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0309-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 23695-2020.

SOLICITANTE: Marcos Quispe Titto.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

SUMILLA: No haber merito para declarar la nulidad solicitada por el señor Marcos Quispe Titto, en calidad de presidente de la Comunidad Campesina de Huamancharpa, debido a que la Resolucion Directoral N° 045-2019-ANA-AAA.UV fue emitida en aplicacion de la normatividad en materia hidrica.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 7 del articulo 15 de la ley de recursos hidricos

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Martes, 02 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

130-2020

Sumilla

Para el otorgamiento uso de agua y autorizacion de ejecucion de obras , una de las etapas previas para la obtencion de la licencia de uso de agua es la aprobacion del procedimiento de acreditacion de disponibilidad hidrica , que se materializa con la publicacion con la finalidad que todas las personas qeu tengan interes puedan apersonarse .

Marco normativo

numeral 7 del articulo 15 de la ley de recursos hidricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°154-2020-ANA-AAA-UCAYALI

Resumen

ACREDITAR AL SEÑOR LEOVIGILDO GUZMÁN CHÁVEZ, LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA PARA EXTRAER AGUA A TRAVÉS DE UN POZO TUBULAR CON FINES DE ASEO Y LIMPIEZA (LAVADERO, DUCHAS, Y SERVICIOS HIGIÉNICOS) DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA CONSORCIO MADERERO SAC, UBICADO EN LA PARCELA Nº 01 - C, SECTOR SAN MARTÍN, CARRETERA MANANTAY KM.5.8, EN EL DISTRITO DE MANANTAY, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI, PARA UN RÉGIMEN DE EXPLOTACIÓN 0.32 HORAS/DÍA DE BOMBEO, DURANTE 365 DÍAS AL AÑO, CON UN CAUDAL DE 1.0 L/S Y 420 M3/AÑO, QUE EQUIVALE A UN CAUDAL DE DEMANDA

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Julio, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0271-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 11798-2020.

IMPUGNANTE: Molino San Nicolas S.R.L.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Molino San Nicolas S.R.L contra la Resolución Directoral N° 2922-2019-ANA-AAA-JZ-V, debido a que ha sido desvirtuado el argumento planteado en el recurso de apelación.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

MARCO NORMATIVO:  numeral 2 articulo 255° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

79-2020

Sumilla

El Tribunal advierte que la Autoridad Administrativa del Agua si considero el reconocimiento expreso de la infraccion efectuada por la impugnante, por lo tanto, no se ha vulnerado los Principios de Legalidad y Debido Procedimiento 

Marco normativo

numeral 2 articulo 255° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0267-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 6435-2020.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Simón Bolivar.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: NO HABER MÉRITO para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 615-2019-ANA-AAA X MANTARO y la  Resolución Directoral N° 557-2019-ANA-AAA X MANTARO, solicitada por la Municipalidad Distrital de Simón Bolivar, porque dichas resoluciones han sido emitidas conforme a ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

MARCO NORMATIVO:  articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No haber merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

052-2020

Sumilla

La solicitante presume que puede haber existido algun error en la georreferenciacion del punto autorizado, sin embargo, ello no ha sido acreditado por el administrado en el presente procedimiento.

Marco normativo

 articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0308-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 262188-2019.

IMPUGNANTE: Hender Jose Leon Plasencia.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelacion presentado por el señor Hender Jose Leon Plasencia contra la Resolucion Directoral N° 753-2019-ANA-AAA.UCAYALI, por haberse presentado en forma extemporanea.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUB MATERIA: Extemporaneo

MARCO NORMATIVO: Articulo 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Martes, 02 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

165-2020

Sumilla

El recurso de apelacion será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Articulo 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor