R.D. N° 0460-2020-ANA-AAA II.CHCH
Resumen
SANCIONAR a la empresa Agrícola Serengueti S.A.C, con RUC No 20494738423, representada por su Apoderado señor Gonzalo Fernando Adrianzen Chialcchia, identificado con DNI No 21885454, con una multa equivalente a UNA (1.0) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago, por la construcción de una caseta de material noble ubicada en el sector Barranca Baja, distrito Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica, en el punto referencial de coordenadas: UTM (WGS 84) zona 18 Sur: 379941-E, 8’485,247-N, a una distancia de 6.6 m de la margen Izquierda del canal de derivación Casalla, ocupando un ancho del camino de vigilancia (faja marginal) de 3.4 m en todo el tramo donde está ubicada la referida caseta, ocasionando con ello la obstrucción e impedimento del libre tránsito, para los usos que se le dé al camino de vigilancia de acuerdo a norma, hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 5, del artículo 120o de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338 “Obstruir … (…) los correspondientes bienes asociados” (faja marginal), concordante con el literal o, del artículo 277o de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No 001-2010-AG “Obstruir … (…) cualquier bien asociado al agua, natural o artificial”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.