Sancionar, a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUEHUE, provincia de Canas , de la región Cusco, con una multa ascendente a TRES PUNTO OCHO (3.8) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (U.l.T.) vigentes a la fecha de cancelación, por realizar vertimientos de aguas residuales domesticas al río Llactamayo, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, cuyos detalles fueron desarrollados en los considerandos de la presente resolución ; acción que se encuentra tipificada como infracción en el numeral 9 del artículo 120º de la Ley Nº 29338 , Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley acotada.