R.D. N° 0399-2020-ANA-AAA.UV
Resumen
SANCIONAR, a la Municipalidad Distrital de Echarati, identificado con RUC N° 20159368271, debidamente representado por su Alcalde señor Hebert Peña Arroyo, una multa equivalente a Tres Punto Cincuenta y uno (3.51) Unidades Impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir lo dispuesto en el numeral 3, del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos -N° 29338, concordantes con los literales b), del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG.