Sancionar a Municipalidad Distrital de Quinua, con una multa equivalente a Uno como Cinco (1,5) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción Leve, tipificada en numeral 3) del artículo 120° la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal “b” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2010-AG., conformada por: “Ejecutar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, una captación de agua, en el riachuelo Pallcca”; las razones se encuentran expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.