MODIFICAR de oficio el plazo otorgado a la empresa Palmas del Espino S.A. respecto a la Autorización de la Ejecución de Obra Mínima en Fuente Natural de Agua, para el desarrollo del proyecto denominado “Descolmatación y encauzamiento Quebrada Parenejo en la Localidad de San Miguel de Porvenir, distrito y provincia de Tocache, región San Martín”, contemplado en el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 126-2020-ANA/AAA-HUALLAGA; de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 2°.- OTORGAR el plazo de ciento setenta y cinco (175) días calendarios, contados a partir del 15 de julio de 2020, para la ejecución del proyecto denominado “Descolmatación y encauzamiento Quebrada Parenejo en la Localidad de San Miguel de Porvenir, distrito y provincia de Tocache, región San Martín”; debiendo la empresa, informar a la Autoridad Administrativa del Agua Huallaga el término de la mencionada obra, de acuerdo a lo establecido en la parte considerativa de la Resolución Directoral N° 126-2020-ANA/AAA-HUALLAGA.