R.D. N° 475-2021-ANA-AAA X MANTARO
Resumen
Sancionar al señor Gerónimo Ochoa Palomino, con una multa equivalente a cero coma cinco (0,5) Unidad Impositiva Tributaria, al haberse configurado la comisión de la infracción Leve, tipificada en el numeral 6) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal “f” del artículo 277° del Reglamento de Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistente en "Ocupar el cauce del río Chillico sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; jurisdicción de la comunidad de Isccana, distrito de San José de Ticllas, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.

