Sancionar a la Municipalidad Provincial de Chupaca, con una multa equivalente a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción Muy Grave, tipificada en el numeral 9) del Artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "d” del Articulo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en “Efectuar vertimiento fio autorizado de aguas residuales al rio Cunas, margen derecha, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; ubicada en el distrito y provincia de Chupaca, departamento de Junín.