Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3468.93 m³/año, para uso
Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS)
DEL CENTRO POBLADO RURAL CHIRIMOYO"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3468.93 m³/año, para uso
Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS)
DEL CENTRO POBLADO RURAL CHIRIMOYO"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2838.27 m³/año, para uso
Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS)
DEL CENTRO POBLADO DE QUEVEDOS"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2838.27 m³/año, para uso
Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS)
DEL CENTRO POBLADO DE QUEVEDOS"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2838.27 m³/año, para uso
Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS)
DEL CASERÍO CERROPCHUGO"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 18606.27 m³/año, para uso
Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS)
DEL CASERÍO DE CARRIZAL"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5010.73 m³/año, para uso
Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS)
DEL CASERÍO DE MARABAMBA"
Declarar improcedente la solictud presentada por Erika Miluska Muñoz Taboada, Gerente General de Desarrollo y Construcción Rural S.A.C., sobre Autorización de Ejecución de Obra en Fuente Natural de Agua, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluciòn.
Declarar improcedente la solictud presentada por Erika Miluska Muñoz Taboada, Gerente General de Desarrollo y Construcción Rural S.A.C., sobre Autorización de Ejecución de Obra en Fuente Natural de Agua, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluciòn.
RECTIFICAR, de oficio, la Resolución Directoral N° 1069-2019.ANA-AAA.M, respecto del volumen asignado, en tal sentido, el nuevo volumen anual será de 261 518,81 m3 para un área bajo riego de 21,25 has