IMPONER, al señor Teodoro Quispe Añamuro, con DNI N° 02381293, con domicilio en la Comunidad Campesina Chipcconi Markayoqa (Zona Lago) del distrito de Moho, provincia de Moho, departamento y región de Puno, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3, de la Ley 29338 “Ley de Recursos Hídricos”, por “La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional”, concordado con el literal b, del artículo 277° del D.S. Nº 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por “Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras en las fuentes naturales de agua, y, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI