SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina SAC., con RUC N° 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth García Salas, identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a UNO PUNTO VEINTICINCO (1.25) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de infraestructura hidráulica de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) localizado en las coordenadas UTM (WGS 84) E: 505.832- N:8'346,977, en el sector Chauchilla , distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de lca, hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3 del artículo 120ode la ley de Recursos Hídricos, ley N° 29338 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua", concordante con el literal b) del artículo 277ode su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-20 10-AG "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las fuentes naturales de agua", de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.