R.A N° 070-2021-ANA-AAAHUALLAGA/ALAHC

Resumen

RECONOCER a la organización de usuarios denominada Comité de Usuarios de Agua “Palmeras Pacota” conformada por los usuarios que utilizan las aguas del río Pacota, comprendido en el Sub Sector Hidráulico Selva Alta del Sector Hidráulico Menor Tocache Clase A, ubicado en el centro poblado Las Palmeras, distrito de Nuevo Progreso, provincia Tocache, departamento San Martin, la misma que cuenta con Consejo Directivo, para el periodo 2021-2023.

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A N° 069-2021-ANA-AAAHUALLAGA/ALAHC

Resumen

RECONOCER a la organización de usuarios denominada Comité de Usuarios de Agua “El Milagro - Bajo Huaynabe” conformada por los usuarios que utilizan las aguas de las quebradas Misquiyacu I, II y III, comprendido en el Sub Sector Hidráulico Selva Alta del Sector Hidráulico Menor Tocache Clase A, ubicado en el caserío Bajo Huaynabe, distrito de Uchiza, provincia Tocache, departamento San Martin, la misma que cuenta con Consejo Directivo, para el periodo 2021-2023.

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A N° 068-2021-ANA-AAAHUALLAGA/ALAHC

Resumen

Autorizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico en la Quebrada La Esperanza del Ojecillo, al NUCLEO EJECUTOR LA ESPERANZA DE OJECILLO, para el desarrollo del proyecto Mejoramiento y Ampliación del servicio de Agua potable e Instalación del servicio de saneamiento básico en el Centro Poblado La Esperanza del Ojecillo, distrito de Shamboyacu – Picota - San Martín, por un periodo de cinco (5) meses.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.D. N° 0222-2021-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la Empresa TA EXPORT S.AC. con RUC N°20562877101, con una multa equivalente a DOS PUNTO SETENTA Y CINCO (2.75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la perforación de un pozo tubular dentro del predio de su propiedad, en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 409,955 mE - 8'463,190 mN, ubicado en el sector Pampas de Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada en el artículo 120° numeral 3 "Ejecución de Obras Hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" concordante con el literal b) del artículo 277o del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo , en las fuentes naturales de agua", con el agravante establecido en el numeral 3.1 "Manténgase la prohibición de perforación de pozos o de ejecución de cualquier tipo de obra destinada a la extracción de recursos hídricos subterráneos ..." del artículo 3° "Prohibición en la Zona de Veda" de la Resolución Jefatural N° 330-2011 -ANA, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

 

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.A N° 067-2021-ANA-AAAHUALLAGA/ALAHC

Resumen

Acreditar  la  disponibilidad  hídrica  Superficial anual  hasta:  239 674,000 (m3/año) de la Quebrada SIMBAQUIHUI  para  el  desarrollo del proyecto  "Mejoramiento  del  Sistema  de  Agua  Potable  y Alcantarillado  de  la  Localidad  de  San  Pablo  y el  Centro Poblado de  Consuelo,  distrito  de  San  Pablo-Bellavista -San  Martín",  con  código  SNIP N°  2317471, por  un  periodo de  dos  (02)  años.

Fecha de Resolución

Martes, 20 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.D. N° 0221-2021-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la Empresa TA EXPORT S.AC. con RUC N° 20562877101, con una multa equivalente a DOS PUNTO SETENTA Y CINCO (2.75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por la perforación de un pozo tubular dentro del predio de su propiedad en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 410,392 mE - 8'463,426 mN, ubicado en el sector Pampas de Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada en el artículo 120° numeral 3 "Ejecución de Obras Hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" concordante con el literal b) del artículo 277o del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, en las fuentes naturales de agua", con el agravante establecido en el numeral 3.1 "Manténgase la prohibición de perforación de pozos o de ejecución de cualquier tipo de obra destinada a la extracción de recursos hídricos subterráneos ... " del artículo 3° "Prohibición en la Zona de Veda" de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0219-2021-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Modificaci6n de Constancia Temporal N°0047-2019-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 19.12.2019 presentada por el señor Víctor Fernando Eduardo Escurra Ascorra, identificado con DNI N° 03692472, en calidad de Apoderado de la Empresa Sociedad Agrícola Drokasa S.A., con RUC N° 20325117835, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0220-2021-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.AC., con RUC 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI 29279126, con una multa equivalente a UNO PUNTO VEINTICINCO (1.25) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , al haberse determinado su responsabilidad administrativa por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de infraestructura hidráulica de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) localizado en las coordenadas UTM (WGS 84): 506,159 mE - 8'348,008 mN, en el sector Chauchilla, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3 del artículo 1200 de la Ley de Recursos Hídricos, Ley 29338 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua", concordante con el literal b) del artículo 277ode su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 001-2010 AG "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las fuentes naturales de agua", de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0218-2021-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

SANCIONAR al señor Hugo Fernando Castellano Vega, identificado con DNI  21847487, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por usar el recurso hídrico subterráneo proveniente del pozo con código IRHS-11-02-1 0-028 con fines agrícolas ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 375,593 mE - 8,516,270 mN; del centro poblado San Ignacio, en el distrito de Sunampe, provincia Chincha departamento de Ica, para el riego del predio denominado "Lote C", sin contar con el respectivo derecho de uso de agua emitido por la Autoridad Nacional del Agua, hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 1) del artículo 1200 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso", concordante con el literal a) del artículo 277o del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo 001-2010-AG, que tipifica como infracción en materia de recursos hídricos "Usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua", de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0217-2021-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud presentada por el señor Lucio Toribio Yauri Ceverino, identificado con DNI N° 21415795; en calidad de Presidente de la Asociación Agrofruticultura Nueva Esperanza del Anexo de Santa Rosa de Huac Huas, sobre solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial de los manantiales Wilia Grande, Wilia Chico, Puka Puchca, Chaccere Alta y Chaccere Baja, con fines agrícolas, ubicados en el distrito de Huac Huas, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, para el abastecimiento hídrico del predio denominado "Jarhuayacu" con un área total de 42.70 ha y bajo riego de 39.686 ha, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Abril, 2021

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua