R.D. N° 0473-2021-ANA-AAA.HCH
Resumen
DETERMINAR LA NO EXISTENCIA DE INFRACCIÓN, tipificada en los numerales 5 y 6 del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal "b" y "f" del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, DISPONER el archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado contra el señor Noé Eleazar Requeño Mego.