R.D. N° 0581-2025-ANA-AAA.PA
Resumen
Sancionar a la JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIO Y SANEAMIENTO DE COMUNIDAD DE OTAS BELLAVISTA, con una multa ascendente a dos punto uno (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua , cuyos detalles fueron desarrollados en los considerandos de la presente resolución; acción que se encuentra tipificada como infracción en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley acotada.