SANCIONAR a la empresa CONSORCIO AMARIS, con RUC N° 2060641320; con una multa equivalente a UNO PUNTO CINCO (1.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT); vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por ejecutar obras de infraestructura hidráulica, de los proyectos Rehabilitación de Galerías Filtrantes N° 1 (Fundo La Máquina) y Línea de Conducción Palpa - Palpa - Ica"; tramo localizado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 480,098 mE - 8'393,753 mN; y "Rehabilitación de Galerías Filtrantes N° 2 (Fundo La Máquina) y Línea de Conducción Palpa - Palpa - Ica"; tramo localizado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 480,064 mE - 8'393,731 mN; en el cauce del rio Palpa, ello sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua , infracción tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, concordante con el literal b) del artículo 277 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo Nº023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.