SANCIONAR a la empresa ESTANCIA SANTA FE S.AC; con RUC N° 20269376806, con una multa equivalente a DOS PUNTO CINCO (2.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa de continuar utilizando el recurso hídrico subterráneo proveniente de pozo cocha IRHS-11-05-07-CO-16; con fines pecuarios sin contar con el derecho emitido por la Autoridad Nacional del Agua, pozo ubicado en el punto de coordenadas UTM WGS 84: 379,260 mE - 8'490,666 mN., hasta las coordenadas 379,237 mE - 8'490,521 mN., en una longitud aproximada de 145 m., del fundo denominado "Santa Fe", con UC:10461 de propiedad de la empresa encausada; infringiendo la normatividad en Recursos Hídricos, conforme establece en el numeral prevista en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, como es "Utilizar el agua subterránea sin el correspondiente derecho de uso", concordante con el literal a) del artículo 277odel Reglamento de la mencionada Ley, como es "Usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorizaci6n de la Autoridad Nacional del Agua"; aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 0232014- MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.