Rectificar el error material en que se incurrió en el Artículo 1° de la Resolución Administrativa N° 409-2017-MINAGRI-ANA-AAA X MANTARO-ALA AYACUCHO, con respecto al período de vigencia del consejo directivo del Comité de Usuarios de Agua Raymina, conforme al detalle siguiente:
Dice:
“Artículo 2°.- El período de vigencia del Consejo Directivo reconocido es desde 14 de enero 2020 hasta el 13 de enero 2021, conforme al Art. 19° de su estatuto”.
Debe decir:
““Artículo 2°.- El período de vigencia del Consejo Directivo reconocido es desde 14 de enero 2020 hasta el 13 de enero 2022, conforme al Art. 19° de su estatuto”.