ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa ARLIMA INMOBILIARIA S.A.C, por contar con la Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico Subterránea.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 7884.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "Junta Administradora del Servicio de Saneamiento (JASS) del Caserío de San Antonio de Quechca" ubicado políticamente en el distrito de Vilcabamba, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento Pasco; cuya fuente de captación de agua natural superficial es del Manantial Shirao.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por GAVINO MARCELO CIEZA GUERRERO, referente al Otorgamiento de Licencia de uso de agua superficial con fines de uso productivo - Agrario-Agrícola, proveniente del rio Biavo; ubicado en el distrito de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín.
APROBAR la delimitación de faja marginal ambas márgenes de la quebrada Baños, por la metodología de Huella Máxima, en una longitud de 828,00 metros (margen derecha) y 800,00 metros (margen izquierda), ubicado en el Sector Baños, distrito y provincia de Bellavista, departamento de San Martín, presentado por el señor JORGE ERIK MOSQUERA TELLO.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblacional, a favor de la Junta Administradora del Agua Potable y Desagüe del Centro Poblado de Supte San Jorge.
APROBAR la delimitación de faja marginal en ambas márgenes de la quebrada Ojos, por la metodología de Huella Máxima, de 510 metros de longitud, ubicado en el distrito de Sauce, provincia y departamento de San Martín, presentada por el señor ARTURO TOVAR TORRES.
DECLARAR DE OFICIO EL ABANDONO del procedimiento administrativo de Otorgamiento De Licencia De Uso De Agua Subterránea Para Uso Poblacional, para desarrollar el proyecto denominado “Habilitación Urbana Las Palmeras Del Golf” ubicado en el Distrito de Cacatachi, Provincia de San Martin y Región San Martín”; iniciado por la empresa GRUPO CEISA S.A.C.
AUTORIZAR a la empresa CHINA RAILWAY 20 BUREAU GROUP CORPORATION SUCURSAL, la Ejecución de Obra en fuentes naturales de agua, para desarrollar el proyecto: “Mejoramiento de la Carretera Huánuco - La Unión - Huallanca Ruta PE-3N TRAMO 1: km 0+000 - km 59+260, ubicado en los distritos de Huánuco - Quisqui - Jacas Chico, provincias de Huánuco - Yarowilca, Departamento de Huánuco”.
DECLARAR DE OFICIO EL ABANDONO del procedimiento administrativo de delimitación de faja marginal margen derecha del río Shanusi, ubicado en el sector Nueva Alianza, distrito de Caynarachi, provincia de Lamas, departamento de San Martín, iniciado por la señora Herminda Hurtado de Chachapoyas.
DECLARAR DE OFICIO EL ABANDONO del procedimiento administrativo de Autorización de Uso de Agua para la ejecución de obra del PIP “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad del Camino Vecinal Longitud: 2064 km entre las localidades de Paraíso - Alto Pachiza — Situlli — Pintillo - Nuevo Triunfo - San Juan de Alto Pachiza, Distrito de Saposoa, Provincia de Huallaga, Región San Martín”, iniciado por el señor CARLOS ENRIQUE GRANDEZ TRIGOZO.