Otorgar licencia de uso de agua para uso productivo agrícola a favor de Antón Morales Percy Mario, para el predio de código catastral 69152, proveniente de los ríos Chira y Piura
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 19 816,15m³/año, para uso Agrario, a favor de SANTISTEBAN RUÍZ JORGE WILLY con DNI 18208271 y MABEL FRANCISCO TORIBIO con DNI 18134650.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR GUADALUPITO, para uso Agrario, de acuerdo Informe de Formalización N°004-2021-ANA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO/EJRL.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial porunvolumenhasta977,30m³/año, para uso Agrario, a favor de FLORES DE MUÑOZ, BRIGIDA SEVERA con DNI 32126136 y MUÑOZ FERNANDEZ, FELIX AMERICO con DNI 32126135.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1518,40m³/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIO DE SANEAMIENTO (JASS) DEL CENTRO POBLADO RURAL DE AGUIÑUAY.
Declarar Improcedente, la solicitud de Modificación y Otorgamiento de licencia solicitada por Ruben Richard Pereda Desposorio, por los razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente, la solicitud de Modificación y Otorgamiento de licencia solicitada por Maria Lidia Desposorio Soles, por los razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente, la solicitud de Modificación y Otorgamiento de licencia solicitada por ROSALÍA ELADIA RODRÍGUEZ MINAYA y SIMÓN MIGUEL SARMIENTO MILLA, por os razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
OTORGAR Licencia de Uso de agua superficial para uso agrícola a favor de JORGE ARTURO VITERI FALCON para el predio denominado Alfonsita con U.C 016315 con un área total y bajo riego de 0,3042 ha., con un volumen máximo anual de hasta 5 277,26 m3.
Declarar Improcedente, la solicitud de Modificación y Otorgamiento de licencia solicitada por Maria Angelita Desposorio Soles, por los razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.