CUT: 68913-2025.
IMPUGNANTE: Empresa Yura S.R.L.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Falta de pago de retribuciones o tarifas por el uso de agua. - No dar aviso oportuno a la Autoridad Nacional del Agua cuando por causa justificada no utilice transitoria, parcial o totalmente las aguas otorgadas. - Incumplir con instalar los dispositivos de control y medición para...
SUMILLA: La resolución es nula cuando el procedimiento sancionador se inicia por la infracción de falta de pago de la retribución económica, pero, la motivación sobre el monto de la multa se realiza por vertimiento de aguas residuales.
MARCO NORMATIVO: Numerales 3 y 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 252° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, literales j), k) y m) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Fundado y retrotraer.
SANCION: 2.1 UIT – Grave.