Sancionar, a LUIS ALBERTO AYVAR PEÑA, identificado con D.N.I. Nº 31012660, con una multa ascendente a CUATRO COMA CUARENTA Y OCHO (4,48) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (U.1.T.) vigentes a la fecha de cancelación, Por obstruir los correspondientes bienes asociados al agua de la quebrada Colcaqui, ubicado en coordenadas UTM WGS 84 ZONA SUR 18 L, 730 045 mE, 8 491 874 mN y por realizar vertimientos hacia el cuerpo natural de agua (quebrada Colcaqui) con un caudal intermitente sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, ubicada en las coordenadas UTM WGS - 84 Zona Sur 18 L 730 073 mE, 8491 832 mN, conducta que se encuentran tipificadas en el numeral 5) y 9) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal o) y e) del artículo 277º del Reglamento de la Ley acotada, conforme se indica en la parte considerativa de la presente resolución.