R.D. N° 0484-2021-ANA-AAA.M
Resumen
- DECLARAR que, en aplicación del Principio de Non Bis In Ídem, CARECE DE OBJETO emitir pronunciamiento sobre el Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado contra el señor Ramiro Chilón Chilón, por la supuesta comisión de las infracciones tipificadas en los numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordantes con los literales a y b del artículo 277° de su Reglamento; en consecuencia, DISPONER el archivo del presente Procedimiento Administrativo Sancionador.