R.D. N° 0681-2021-ANA-AAA.M
Resumen
SANCIONAR administrativamente a la Municipalidad Distrital de Quinjalca, por incurrir en la infracción prevista en el numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos: “realizar vertimientos sin autorización”, concordante con el literal d del artículo 277° de su Reglamento: “efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua (…) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, calificándose dicha conducta como GRAVE, por lo que la sanción a imponer es equivalente a CUATRO COMA SEIS (4,6) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS vigentes a la fecha de pago.