R.D. N° 064-2021-ANA-AAA X MANTARO
Resumen
Sancionar al señor Máximo Avilés Tinco, con una multa equivalente a uno coma cinco (1,5) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de las infracciones Graves, tipificadas en los numerales 5) y 6) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con los literales “o” y T del Artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistentes en “Ocupar el cauce del río Chillico sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua y dañar el cauce del río Chillico”; ubicado en la jurisdicción de la Comunidad de San Juan de La Viñaca, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.