SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina SAC., con RUC N°' 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas , identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2,1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) signado con IRHS-11-03- 01-PP-1606, localizado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 498 ,847 mE - 8'352,411, y utilizar el recurso hídrico sin contar con el derecho correspondiente, en el sector Pajonal Bajo, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica , hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos , establecidos en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso" y numeral 3 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" del artículo 120o de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) "Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso" y el literal b) "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las Fuentes naturales de agua" del artículo 277o de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.