Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 058-96-ATDRPI/DRA-JCM, del 09.12.1996, que otorgo licencia en vías de regularización con fines poblacionales, a la Comunidad Campesina Molino Humacata del distrito de Zepita para el uso de las aguas del manantial Janco Huma Patillaun Vizcachani, con un caudal de hasta 4.50 l/s., por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial con fines poblacionales, a favor de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Molino Humacata (JASAPS), representado por su Presidente el señor Julio Bernabé Perca, identificado con DNI N° 01857104, con domicilio en la Comunidad Campesina de Molino Humacata, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del manantial “Janco Huma Patilla Vizcachani”, por un volumen disponible de hasta 141,913 m3/año, en beneficio de una población futura de 1,265 habitantes, fuente de agua ubicado en la jurisdicción del distrito de Zepita, provincia de Chucuito, departamento y región de Puno, conforme a las condiciones técnicas contenidas en el Informe Técnico Nº 095-2021-ANA.AAA.TIT/RLM, según al siguiente detalle: