Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 0215-2009-MINAG-ANA-ALA.R, del 15.12.2009, que otorgó licencia de uso de agua superficiales a favor de los señores Lucas Otazu Arela y Guillermina Arela de Otazu, con fines agrarios, para riego de hasta 0.25 hectáreas de pastos y abrevadero de ganado, dentro de los meses de abril a diciembre en los predios contiguos “Huaccari Quishuarani Condorpata y Achoccallana Pampa”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución
Otorgar, licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, a favor de los señores Félix Otazu Arela identificado con DNI N° 23801163, Pedro Otazu Arela con DNI N° 29334542, Segundina Otazu Arela con DNI N° 29332763, Gabriel Román Otazu Arela con DNI N° 06628877, Lucas Otazu Arela con DNI N° 02260802, Juan Otazu Arela con DNI N° 23802093, con domicilios en la Parcialidad Checcasica Alto, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del manantial “Turno Pusccana”, por un volumen disponible de hasta 3,822 m3/año, para un área bajo riego de 0.25 has. en el predio rústico denominado “Huaccari Quishuarani Condorpata y Achoccallana Pampa”, fuente de agua ubicado en la jurisdicción de la Parcialidad Checcasica Alto del distrito de Llalli, provincia de Melgar, departamento y región de Puno, según el detalle técnico del el Informe Técnico Nº 0016-2022-ANA.AAA.TIT/RLM