RESOLUCION ADMINISTRATIVA-0007-2022-ANA-AAA.TIT-ALA.RM
Resumen
RECTIFICAR de oficio el error material advertido en la Resolución Administrativa Nº 0042-2017-ANA-AAA.TIT.ALA.RM, de fecha 24 de marzo del 2017, debiendo modificarse el artículo primero y segundo, de la siguiente manera:
Dice:
“Declarar al “Comité de Usuarios Pilcocota”, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de los canales de derivación Mankapaqui I y II, comprendido en el Subsector Hidráulico Nuñoa del Sector Hidráulico Menor Crucero – Azángaro, Clase A aprobado con Resolución Directoral N° 133-2016-ANA-AAA.TIT, ubicado en el distrito de Nuñoa, provincia de melgar y departamento de Puno, adecuado a la Ley N° 30157 y su Reglamento”.
Debe Decir:
DISPONER la inscripción, en la Partida N° 11123458 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Juliaca de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de la adecuación del Comité de Usuarios de Agua Pilcocota a la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI y sus modificatorias, normas que regirán en reemplazo de los estatutos de la referida organización que fueron aprobados con el anterior marco legal.